En la ORDEN de 26 de junio de 2020, publicada en el DOE de 1 de julio, se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de préstamos a empresas turísticas para paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19.
El objeto de esta línea de ayudas es dotar de liquidez a las empresas turísticas, inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura con más de cinco años de actividad, subsidiando la totalidad de los intereses generados por préstamos formalizados por las empresas turísticas para mantener y asegurar el empleo y reducir los efectos negativos del COVID-19.
Tendrán la condición de beneficiarios las siguientes empresas:
1.1. Empresas turísticas, en todos sus grupos y categorías, que se indican a continuación
a) Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
b) Hoteles rurales.
c) Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y organizadores profesionales de congresos.
d) Empresas de actividades turísticas alternativas.
e) Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones.
f) Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
g) Restaurantes, cafeterías, bares, empresas de catering y salones de banquetes.
1.2. Balnearios ubicados en Extremadura.
El importe máximo del préstamo podrá ser de hasta 20.000 euros por solicitud y destinatario, y el mínimo será de 3.000 euros, aun tipo fijo máximo del 2% y con una duración máxima de 36 meses con una carencia de 12 meses.
El plazo de formalización de operaciones será hasta el 31 de diciembre.
Esperamos que esta información sea de su interés.
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