En el DOE del 04/05/2023 se ha publicado DECRETO 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de la empresa agroalimentaria que transformen y comercialicen o que vayan a transformar y comercializar los productos agrícolas contenidos en el anexo I de los TFUE y el algodón, exceptuando los productos de la pesca. En cualquier caso, el producto resultante de la transformación, deberá ser igualmente un producto del anexo I del TFUE.
TIPO DE AYUDA Y CUANTÍA.
1.La subvención será a fondo perdido.
- La inversión mínima auxiliable, será de 25.000 euros y la inversión máxima auxiliable será de 20.000.000 euros, una vez efectuadas las deducciones correspondientes.
- El porcentaje de ayuda se calculará en función del importe de la inversión que resulte auxiliable, una vez practicadas las deducciones que correspondan.
- El porcentaje de ayuda será decreciente para inversiones de mayor cuantía
5 . Obtendrán un incremento adicional de un 5%, para inversiones contempladas en proyectos de economía circular e inversiones ubicadas en municipios y entidades locales de menos de 2.000 habitantes.
- . Obtendrán un incremento adicional de un 10% las inversiones solicitadas por entidades asociativas prioritarias reconocidas a nivel nacional o autonómico.
Las inversiones sólo podrán iniciarse una vez haya presentado la solicitud de ayuda y se haya comprobado el no inicio de las inversiones por parte de la Administración con visita in situ donde se realizarán o ejecutarán las inversiones, salvo los costes de honorarios de ingeniería y dirección facultativa, que podrán realizarse en fecha posterior a la presentación de su solicitud.
PLAZO DE PRESENTACIÓN SOLICITUDES
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 2 meses computados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y el presente extracto, esto es desde el día 05/05/2023 hasta el 04/07/2023
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