III Torneo nacional de gimnasia rítmica Nashira
Día 6 de Abril de 2024
Lugar- Pabellón Ciudad de Plasencia( La Bombonera)
Horario : Jornada de mañana 9,30 h —— Jornada de tarde 15,30 h
III Torneo nacional de gimnasia rítmica Nashira
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Calendario laboral 2024 [Descargar PDF]
Libro ‘Cosas de casa. (Ecos en La Muy de Gil Vetón)’, del periodista Antonio Sánchez-Ocaña, ASO (1956-2018)
Título: Cosas de Casa
Trazos del Salón
Ilustraciones: Misterpiro
Edita: Asociación Cultural Trazos del Salón
Patrocinan: UNAEX Asesoría – Gráficas Romero – Netasa- Caja Almendralejo
Fecha de publicación: Octubre de 2023
‘Cosas de casa. (Ecos en La Muy de Gil Vetón)’, del periodista Antonio Sánchez-Ocaña, ASO (1956-2018), en el que se reúnen más de trescientas columnas y artículos que reflejan la ciudad de Plasencia (La Muy).
La presentación estuvo a cargo de dos conocedores de la obra y el trabajo de ASO: el escritor Álvaro Valverde y el periodista Juan Domingo Fernández. Ambos nos recordaron, en conversación amena y brillante, que las columnas de Antonio Sánchez-Ocaña son una rara avis en el mundo de la prensa, perduran en el tiempo
El libro está ilustrado con varias obras de Misterpiro.
Misterpiro ha creado una carpeta (de edición limitada), con cinco prints que recogen las ilustraciones creadas para el libro ‘Cosas de casa. (Ecos en La Muy de Gil Vetón)
Firma de las carpetas en Unaex
Obligatoriedad de comunicar sus datos a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de Octubre de 2023.
En el Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el R. D. 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el R. D. 2064/1995, de 22 de diciembre, para actualizar su regulación respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, en este Real Decreto se establece la obligatoriedad de comunicar sus datos a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de Octubre de 2023.
De no cumplir con esta obligación, se establece un régimen sancionador por parte de la Seguridad Social cuyo importe oscila entre los 70 euros y los 750 euros.
CALENDARIO FISCAL 3 TRIMESTRE 2.023
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.) .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de octubre de 2.023, del importe correspondiente al TERCER TRIMESTRE de 2.023, (MODELOS 303, 349).
RETENCIONES I.R.P.F. .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de octubre de 2.023, del importe retenido durante el TERCER TRIMESTRE de 2.023, por los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, artísticas, agrícolas, ganaderas y del capital mobiliario e inmobiliario, (MODELOS 111, 115, 123 ).
EMPRESARIOS INDIVIDUALES
PAGO FRACCIONADO .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de octubre de 2.023, del importe del Pago Fraccionado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al TERCER TRIMESTRE de 2.023 para aquellas personas físicas en Estimación Directa ( Normal o Simplificada) y en Estimación Objetiva, (MODELOS 130, 131).
SOCIEDADES
Declaración e ingreso, antes del 20 de octubre de 2.023, del importe del segundo pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202), correspondiente al ejercicio 2.023.
BOE de 05 de julio de 2023, Orden SND/726/2023, de 4 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Entre otras medidas, cabe destacar:
1.- Declarar la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
2.- Declarar el cese en la aplicación del uso obligatorio de las mascarillas.
3.- Proteger a la población vulnerable:
4.- El presente acuerdo surtirá efectos una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado». (05/07/2023).
Para ver el documento completo: (Pinche aquí)
CALENDARIO FISCAL 2º TRIMESTRE 2.023
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.) .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de julio de 2.023, del importe correspondiente al SEGUNDO TRIMESTRE de 2.023, (MODELOS 303, 349).
RETENCIONES I.R.P.F. .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de julio de 2.023, del importe retenido durante el SEGUNDO TRIMESTRE de 2.023, por los rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, artísticas, agrícolas, ganaderas y del capital mobiliario e inmobiliario, (MODELOS 111, 115, 123 ).
EMPRESARIOS INDIVIDUALES
PAGO FRACCIONADO .-
Declaración e ingreso, antes del 20 de julio de 2.023, del importe del Pago Fraccionado a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al SEGUNDO TRIMESTRE de 2.023 para aquellas personas físicas en Estimación Directa ( Normal o Simplificada) y en Estimación Objetiva, (MODELOS 130, 131).
SOCIEDADES
Declaración e ingreso, antes del 25 de julio de 2.023, del importe del Impuesto sobre Sociedades, correspondiente al ejercicio 2.022.
Medidas contra la inflación de los alimentos
Para mitigar el incremento de los precios, se mantienen las rebajas de IVA:
– del 4% al 0% en los productos de primera necesidad (pan, huevos, frutas y verduras)
– del 10% al 5% en otros productos básicos, como la pasta y los aceites.
Estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre.
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