El 12 de marzo de 2019, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real
Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y
de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
Las medidas
más importantes que incluye son las siguientes:
Registro de jornada. Las
empresas deberán garantizar el registro de la jornada que realicen sus
empleados, incluyendo el horario de inicio y de finalización de sus jornadas.
Dicho registro deberá conservarse durante 4 años a disposición de los
trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo. Esta
obligación será de aplicación a los dos meses de la publicación del Real
Decreto-ley., es decir, a partir del 12 de
mayo.
Las
sanciones a las empresas por no cumplir con esta obligación oscilarán entre 626
euros y 6.250 euros.
Si desea obtener más información al respecto puede ponerse en contacto a través del tlf 927415701 o el email crm@unaex.com