Comercio minorista – Hostelería – medidas
En la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, y que tendrá eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, se adoptan diferentes medidas destinadas a flexibilizar durante la fase preparatoria o FASE 0, determinadas restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma en materia de:
Comercio minorista (Pinche aquí),
Hostelería y restauración (Pinche aquí).
Orden SND/388/2020, de 3 de mayo ( Pinche aquí)