En el DOE de 31 de diciembre se ha publicado el DECRETO del Presidente 32/2020, de 31 de diciembre, por el que se modifica temporalmente la franja horaria nocturna en la que se establece la limitación de la libertad de circulación de las personas por las vías o espacios de uso público en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el límite máximo de personas en mesas y grupos de mesas en establecimientos de hostelería y restauración:
1.- Las personas que residan o que se encuentren o transiten por el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la franja horaria comprendida entre las 22:00 horas y las 6:00 horas no podrán circular por las vías o espacios de uso público salvo para la realización de actividades debidamente justificadas.
2.- En los establecimientos de hostelería y restauración en las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas, se establecerá un límite máximo de cuatro personas por mesa o agrupaciones de mesa, salvo en el caso de que se trate exclusivamente de convivientes.
En los establecimientos de hostelería y restauración en los que actualmente esté permitido el consumo dentro del local, no se podrá superar el cuarenta por ciento del aforo. Se prohíbe el consumo en barra. Estará permitido el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
En los establecimientos de hostelería y restauración en los que actualmente está permitido el consumo en la terraza al aire libre, el porcentaje de ocupación de esta no podrá superar el cincuenta por ciento de las mesas permitidas en la correspondiente licencia municipal.
En los establecimientos y locales comerciales minoristas, el aforo de asistentes deberá reducirse al treinta por ciento del total. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
Se deja sin efectos la medida de cierre de los establecimientos de hostelería y restauración y asimilados entre las 18.00 horas y las 20.00 horas los días 1, 2, 5 y 6 de enero de 2021. Desde las 00.00 horas del día 1 de enero de 2021.
Estas medidas producirán efectos desde las 06.00 horas del 1 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 14 de enero de 2021.
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