En el DOE extraordinario del 16 de septiembre se ha publicado el Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 3 del Área de Salud de Plasencia, declarándose el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en dicho área de salud.
La declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 2 comporta que en el ámbito del Área de Salud de Plasencia sean de aplicación las medidas de prevención e intervención administrativas del Acuerdo de 5 de mayo de 2021, que se recogen en los ANEXOS II y IV de dicho acuerdo, y que son:
ANEXO II (Pinche aquí) ANAEXO IV (Pinche aquí)
No obstante, en el acuerdo del 15 de septiembre, excepcionalmente, se adoptan medidas de flexibilización aplicables a toda la Comunidad autónoma de Extremadura con la declaración del Nivel de Alerta Sanitaria 2, y que, entre otras, son:
1.1. Lugares de culto y celebración de actos de culto religioso. En los lugares de culto no podrá superarse un cincuenta por ciento del aforo permitido.
1.2. Aforo en eventos deportivos. En los espacios deportivos destinados al público el aforo permitido será del sesenta por ciento en exteriores y del cuarenta por ciento en interior.
1.3. El horario de cierre de establecimientos de hostelería y restauración, locales de discotecas y bares de ocio nocturno y establecimientos y locales de juegos y apuestas, se establece como máximo a las 3.00 h, para aquellos establecimientos cuya licencia les permita desarrollar su actividad a partir de la citada hora.
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