Medidas urgentes del gobierno

04/01/2012
Medidas urgentes del gobierno en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

El pasado sábado 31 de diciembre de 2011 se
publicó en el BOE el Real Decreto Ley 20/2011 que contiene, entre otras, las
medidas de índole tributario que pasamos a resumir.

1 – Creación de un gravamen complementario en
el IRPF para los ejercicios 2.012 y 2.013 resultante de aplicar a la base
liquidable general los tipos de la siguiente escala:

Base liquidable general (Hasta €)

Incremento en cuota íntegra estatal (Hasta €)

Resto base liquidable general (Hasta €)

Tipo aplicable (Porcentaje)

0

0

17.707,20

0,75

17.707,20

132,80

15.300,00

2

33.007,20

438,80

20.400,00

3

53.407,20

1.050,80

66.593,00

4

120.000,20

3.714,52

55.000,00

5

175.000,20

6.464,52

125.000,00

6

300.000,20

13.964,52

En adelante

7

2 – Incremento de los tipos a aplicar en la
Base liquidable del ahorro durante los ejercicios 2.012 y 2.013 en función de
la siguiente tabla.

Base liquidable del ahorro (Hasta €)

Incremento en cuota íntegra estatal( €)

Resto base liquidable del ahorro (Hasta €)

Tipo aplicable (Porcentaje)

0

0

6.000

2

6.000,00

120

18.000

4

24.000,00

840

En adelante

6

3 – En los períodos impositivos 2012 y 2013,
los porcentajes de pagos a cuenta del 19 por ciento previstos en el artículo
101 de esta Ley y el porcentaje del ingreso a cuenta a que se refiere el
artículo 92.8 de esta Ley, se elevan al 21 por ciento, esto incluye las
retenciones en concepto de alquileres de bienes inmuebles o negocios.

4 – Con efecto desde el 1 de enero de 2011 se
universaliza la deducción por inversión en vivienda habitual

5 – También podrán aplicar la deducción por
inversión en vivienda habitual los contribuyentes que efectúen obras e
instalaciones de adecuación en la misma, incluidos los elementos comunes del
edificio y los que sirvan de paso necesario entre la finca y la vía pública,
por razón de discapacidad del contribuyente, de su cónyuge o pariente en línea
directa o colateral, hasta el tercer grado inclusive. Esta deducción tendrá una
base máxima de 12.080 € anuales y un porcentaje del 10%.

6 – Tipo impositivo del Impuesto sobre el
Valor Añadido de las entregas de viviendas será del 4% hasta el 31 de diciembre
de 2012.

Unaex consultoría
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