MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO EN MATERIA LABORAL EN 2019

Ley 28/2018 y Decreto
1462/2018

– Subida del SMI a 900 euros/mes o 12.600 euros/año. En
eventuales y temporeros 42,62 euros/día.

– Aumento de la base máxima de cotización en un 7%, y en
torno a un 22% la mínima por aplicación del SMI.

– Modificación de algunos epígrafes de accidente de trabajo.

– Cotización de los becarios, tanto los de prácticas no
laborales curriculares, como los de extracurriculares, independientemente de
que perciban o no importes dinerarios.

– Cotización contratos iguales o inferiores a 5 días. Ya
existía una cotización adicional para contratos inferiores a 7 días, que era de
un 36%, pero desde el 1 de enero, si son iguales o inferiores a 5 días, la
cotización adicional sube a un 40%.

– Se eliminan todas las bonificaciones que estaban
condicionadas a que la tasa de paro estuviese por encima del 15%. Por lo tanto,
todas las bonificaciones del contrato de apoyo a emprendedores (incluso el
mismo contrato queda derogado con el periodo de prueba de un año), contratos en
prácticas, tiempo parcial con vinculación formación, primer trabajador en
microempresas, proyectos de emprendimiento joven, etc. Se mantienen los
incentivos de estos contratos realizados antes del 1 de enero de 2019 hasta su
finalización.

– Se vuelve a establecer que los convenios colectivos puedan
incluir cláusulas de extinción de contratos por cumplimento del trabajador de
la edad de jubilación, siempre que el trabajador tenga derecho al 100% de la
pensión (35 años cotizados) y que la medida esté vinculada a la mejora de la
estabilidad en el empleo o relevo generacional.

– Se establece la obligatoriedad de cotización de los
autónomos al cese de actividad y a accidentes de trabajo, estableciendo un tipo
fijo muy reducido para estas dos contingencias durante los años 2019 a 2021. A partir del 2022 el
tipo de cotización se establecerá en la respectiva ley de presupuestos
generales del estado.

– La tarifa plana para nuevos autónomos pasa de 50 a 60 euros mensuales, y se
amplía el plazo de disfrute de esta reducción en algunos supuestos, por
ejemplo, en municipios de menos de 5.000 habitantes.

– Los autónomos que permanezcan más de 60 días en situación
de incapacidad temporal, dejarán de pagar el recibo de autónomo, pasando la
mutua a hacerse cargo del mismo.

Real Decreto-ley
6/2019 de 1 de marzo

Las empresas de más de 50 trabajadores, deberán confeccionar
un plan de igualdad, dando un plazo para su realización, de 50 a 100 trabajadores 3 años,
de 100 a
150 trabajadores, 2 años, y de 150
a 250 trabajadores 1 año. A parte de este número ya
tenían obligación de hacerlo.

Se obliga a las empresas a llevar un registro de salarios
por sexo, para que pueda ser consultado tanto por la autoridad laboral, como
por los representantes de los trabajadores.

Aumenta el permiso de paternidad a 8 semanas desde el 1 de
abril para el 2019, 12 semanas para el 2020 y 16 semanas para el 2021.

Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo.

Se vuelve a recuperar el subsidio para mayores de 52 años.

Aumentan las prestaciones familiares.

Se establecen bonificaciones por conversión de contratos
temporales en indefinidos del sistema especial agrario, así como en fijos
discontinuos.

Se crean nuevas bonificaciones por contratación de parados
de larga duración (desempleados de más de 12 meses en un periodo de 18 meses).

Se crea la obligación por parte de las empresas de un
registro de jornada diaria de los trabajadores, como medida de lucha contra la
precariedad laboral en la jornada de trabajo, independientemente de si están
contratados a tiempo parcial o tiempo completo.

+ INFORMACIÓN

https://www.boe.es/eli/es/rdl/2018/12/28/28

https://www.boe.es/eli/es/rd/2018/12/21/1462

https://www.boe.es/eli/es/rdl/2019/03/01/6

https://www.boe.es/eli/es/rdl/2019/03/08/8

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE EXTREMADURA

DESTINATARIOS:

Cooperativa, Pyme, Autónomo/a.

Personas físicas o jurídicas
que cumplan las condiciones previstas para ser beneficiario en cada una de las
modalidades de ayudas establecidas, pudiendo ostentar también esta condición
las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las
comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio
separado aun careciendo de personalidad jurídica propia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Año 2019: Hasta el 15 de
Febrero.

ALCANCE DE LA AYUDA:

Tendrán la consideración de
elegibles, las siguientes categorías de gastos:

a) Las
obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso
al mismo.

b) La
adquisición de mobiliario.

c) La
adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización,
iluminación, protección y seguridad.

d) La
adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.

e) La
adquisición de terminales del punto de venta.

f) La
adquisición de programas de gestión.

g) Los
gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de
clientes.

h) Los
gastos de elaboración de planes de ahorro energético.

i) Implementación
en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.

j) Inversiones
para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento
comercial.

El proyecto de inversión deberá
contemplar la adquisición de un terminal punto de venta, salvo en el caso de
que ya lo dispusiera, en cuyo caso deberá acreditarlo.

Las ayudas consistirán en una
subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite
máximo global por establecimiento de 20.000 euros.

Si desea obtener más información al respecto puede ponerse en contacto a través del tlf 927415701 o el email crm@unaex.com

Plan Director por un Trabajo Digno – 2018 / 2019 / 2020

Ejes de actuación

El plan de choque pretende regularizar
situaciones de fraude y generar un efecto disuasorio.

Sus principales ejes de actuación son los
siguientes:

  • Contratación
    temporal.
  • Utilización
    irregular de la contratación a tiempo parcial.
  • Perseguir
    los excesos de jornada y horas extraordinarias no compensadas, ni pagadas.
  • Creación
    de una unidad para la lucha contra la discriminación
  • Lucha
    contra la economía irregular: Centrándose en los trabajadores
    extranjeros, trabajadores del hogar y sector hostelero. Para ello, la
    Inspección realizará visitas en
    horarios especiales, como el nocturno, o fines de semana.
  • Se han centrado en la detección de los «falsos autónomos».Con
    el fin de detectarlos, se intensificará la coordinación con TGSS y
    Hacienda, para disponer de información que permita identificar a las
    empresas que los emplean.
  • Medidas
    para reducir la siniestralidad laboral: Que incluyen campañas
    específicas para aquellos sectores que presentan un índice más elevado de
    accidentes laborales.

Medidas

Se van a perseguir todos aquellos casos en que el uso de la contratación
temporal se realiza de forma fraudulenta, no respondiendo a las necesidades
temporales.

·
Disuadir a las
empresas, que realicen prácticas fraudulentas en la
contratación temporal, con la propuesta de sanciones
y conversión de contratos
de duración determinada en indefinidos.

·
Informar a los trabajadores en el ejercicio de la actividad inspectora.

·
Controlar el fraude en el sector
agrario
, mediante la realización de acciones.

·
Realizar un seguimiento
a las actuaciones
realizadas para evitar que las empresas sancionadas
reiteren su comportamiento.

Objetivos

·
Incrementar el
número de empresas investigadas y el número de conversiones a indefinido.

·
Mejorar el
control a los contratos que se desarrollan al amparo de programas europeos como el Fondo Social Europeo.

·
Mejorar las
herramientas del equipo de Inspección.

[+ INFO]

Norma UNE EN ISO 9001

Unaex Asesoría, S.L., ha implantado un Sistema de gestión de la Calidad en base a la norma UNE EN ISO 9001, para el desarrollo de las siguientes actividades:

>Diseño y consultoría de implantación de sistemas de calidad, gestión ambiental y agroalimentaría.

>Asesoría fiscal, contable mercantil y laboral.

>Consultoría económica-fianciera.

>Tramitación de expedientes de clasificación empresarial.

[+ INFO]

Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos(L.O.P.D.)

El nuevo
Reglamento Europeo de Protección de Datos entrará en vigor a partir del 25 de
mayo de 2018.

Las
modificaciones que se deban realizar no conllevarán mucha dificultad ,mientras
esté en vigencia la LOPD y su reglamento.
Ello es debido a que la legislación española
en esta materia es de las más completas y exigentes de Europa. Tenga en cuenta
que la Agencia
Española de Protección de Datos tiene mucho peso en el Comité
Europeo y es la que más activa ha estado para la realización del reglamento.
Para las pymes
que tengan ya implantado un sistema de protección de datos, los puntos que debe
tener muy en cuenta es la protección de los datos (guarda y custodia de ellos,
evitando fugas) y la del deber de informar y solicitar el consentimiento
(solicitar el consentimiento para tratar esos datos).

Sobre la
figura del Delegado de Protección de Datos, en el documento adjunto y tal
y como dice el reglamento, solo es obligatorio para la Administración Pública
y para las empresas cuya actividad conlleve un tratamiento masivo de datos a
gran escala (estudios de solvencia, mercados, riesgos, tratamiento a gran
escala de categorías especiales de datos personales como creencias religiosas,
preferencias políticas, salud, sexualidad, etc. o relativos a condenas e
infracciones penales).

Para el resto, vale perfectamente mantener la figura del
responsable de seguridad que se estaba realizando hasta ahora.

Resumen de novedades el nuevo reglamento [PDF]

AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL PEQUEÑO COMERCIO MINORISTA DE EXTREMADURA

DESTINATARIOS

Cooperativa, Pyme, Autónomo/a

Personas físicas o jurídicas que cumplan las
condiciones previstas para ser beneficiario en cada una de las modalidades de
ayudas establecidas, pudiendo ostentar también esta condición las agrupaciones
de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes
y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo
de personalidad jurídica propia.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Año 2018: Hasta
el 12 de Febrero

Alcance
de la ayuda:

Tendrán la
consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:
a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras
arquitectónicas de acceso al mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y
señalización, iluminación, protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de
ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta.
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de
fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia
energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y
exterior del establecimiento comercial.
El proyecto de inversión deberá contemplar la adquisición de un terminal punto
de venta, salvo en el caso de que ya lo dispusiera, en cuyo caso deberá
acreditarlo.
Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos
elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros.

Si desea obtener más información al respecto
puede ponerse en contacto a través del tlf 927415701 o el email crm@unaex.com

Área Fiscal
Unaex Asesoría, S.L.

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