Subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable(DOE de 27 de Marzo de 2023)

En el DOE de 27 de Marzo de 2023 se ha publicado el Decreto 16/2023, de 1 de Marzo,  por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.

Dichas subvenciones se gestionarán mediante los siguientes programas:

Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales, donde se diferenciará si ha existido o no relación laboral temporal previa.

Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente norma las empresas pri­vadas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las personas trabajadoras autó­nomas, los/as profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica que, en su condición de empleadoras, realicen contrataciones conforme a lo establecido en esta norma en centros de trabajo ra­dicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de Julio de 2023. Se deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de 2 meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación o de la transformación. No obstante lo anterior, se habilita un plazo de 2 meses a contar desde el día 28 de Marzo de 2023, para que se puedan presentar solicitudes relativas a los programas convocados para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 05 de Mayo de 2022 y el 27 de Marzo de 2023.

Se presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada.

La cuantía de la subvención dependerá de la base mínima mensual de cotización por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria.

La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación, esto es, el 28 de Marzo de 2023.

Para ver el documento completo: (Pinche aquí)

Unaex consultoría
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