DECRETO del Presidente 7/2021, de 20 de enero, por el que se prolonga la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida de los municipios en Extremadura. RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación con el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura


1) El DECRETO del Presidente 7/2021, de 20 de enero, por el que se prolonga la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida de los municipios en Extremadura, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados.
Esta medida producirá efectos desde las 00.00 horas del 21 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 3 de febrero de 2021.


2) La RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establecen medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación con el cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichos municipios son:
a) Municipios de más de 5.000 habitantes de Extremadura: Fuente del Maestre, Navalmoral de la Mata, Villanueva de la Serena, Calamonte, Aceuchal, Olivenza, Montijo, Villafranca de los Barros, Puebla de la Calzada, Cáceres, Almendralejo, Don Benito, Azuaga, Coria, Castuera, Badajoz, Arroyo de la Luz, Guareña, Jerez de los Caballeros, Talavera la Real, Trujillo, Moraleja, Mérida, Plasencia, Zafra, Alburquerque, Llerena, Oliva de la Frontera, los Santos de Maimona, Miajadas, Montehermoso, Valencia de Alcántara, Jaraíz de la Vera, Talayuela y San Vicente de Alcántara.
b) Municipios de más de 3.000 habitantes y hasta 5.000 habitantes de Extremadura: Campanario, Cabeza del Buey, Fregenal de la Sierra, Fuente de Cantos, Malpartida de Plasencia, Quintana de la Serena, Casar de Cáceres, Navalvillar de Pela, Monesterio, Valverde de Leganés, Santa Marta, Malpartida de Cáceres, Arroyo de San Serván, Santa Amalia, Hervás, Hornachos, Zalamea de la Serena, Barcarrota, Herrera del Duque, La Zarza, Talarrubias, Villanueva del Fresno, Ribera del Fresno y Burguillos del Cerro.
Las medidas de cierre y suspensión de actividades que se han de aplicar son las mismas que estaban vigentes hasta la fecha.


Esta medida producirá efectos desde las 00.00 horas del 21 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 3 de febrero de 2021.
Para ver el documento completo: (Pinche aquí).

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