Se flexibilizan las condiciones de la actividad comercial minorista DOE de 21 de enero
En el DOE de 21 de enero se han publicado:
1) El Decreto del Presidente 8/2021, de 27 de enero, por el que se prolonga la medida temporal y específica de restricción de la entrada y salida de los municipios en Extremadura hasta las 24.00 horas del 5 de febrero de 2021.
2) La Resolución de 27 de enero de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, la misma establece que se prolongan las medidas de cierre establecidas en el Acuerdo de 20 de enero de 2021 para los establecimientos de hostelería y restauración, el comercio, los establecimientos de juegos y apuestas, la actividad deportiva, la actividad cultural y otros eventos y actos en los municipios de más de 3.000 habitantes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, no obstante, se flexibilizan las condiciones de la actividad comercial minorista, de la siguiente manera:
Los establecimientos que desarrollen una actividad comercial minorista, y que hasta ahora permanecían cerrados, podrán abrir al público de lunes a viernes en horario de 10.00 a 14.00 horas, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados.
- b) Que no se encuentren dentro de un centro o parque comercial, o que encontrándose dentro de los mismos tengan acceso directo e independiente desde el exterior.
- c) Que el aforo de asistentes no supere el treinta por ciento del total. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción.
Se recomienda a los titulares de los establecimientos y locales que desarrollen actividad comercial minorista el establecimiento de una atención preferente para mayores de 65 años.
Asimismo, con el mismo horario y requisitos establecidos en las letras b) y c) anteriores, se permite la apertura de la actividad comercial de los concesionarios de vehículos, establecimientos o locales de venta de muebles y/o electrodomésticos aunque tuvieran una superficie de venta superior a 400 metros cuadrados siempre que la atención al cliente sea concertada con cita previa y se lleve a cabo de manera individual.
Estas medidas producirán efectos desde las 00.00 horas del 29 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 5 de febrero de 2021.
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